Consultas frecuentes

¡Bienvenid@ a nuestra sección de preguntas frecuentes! En esta sección, hemos recopilado una lista de las preguntas más comunes que recibimos. Esperamos que esta sección te ayude a encontrar respuestas a tus preguntas y te brinde una mejor comprensión de la empresa y del ámbito laboral.

Si no encuentras la respuesta que estás buscando, no dudes en ponerte en contacto con algún miembro de la comisión permanente o con alguien del resto del equipo.

COMISIÓN PERMANENTE – GRUPO NSM –

CONTRATACIÓN Y DESPIDOS

¿La empresa tiene que consultar con el Comité antes de despedir a alguien?

El Art.55 del ET establece que la empresa está obligada a contactar con los representantes sindicales del trabajador, antes de proceder a un despido, si el trabajador estuviera afiliado a un sindicato y al empresario le constase (por ejemplo, si el trabajador está está afiliado vía nómina).

CONVENIO COLECTIVO

¿Soy “fuera de tablas” o “dentro de tablas”?

Una respuesta rápida sería que la gente de “dentro de tablas” son mayormente la gente de San Fernando de Henares y los comúnmente denominados “fuera de tablas” son, a día de hoy, la mayor parte de los trabajadores de Tres Cantos (I+D, Ingeniería, Compras, etc.) aunque también los hay en San Fernando. Una respuesta más concreta sería que el personal de “dentro de tablas” son aquellos cuya categoría está incluida en el Anexo 1 del Convenio, es decir:

  • Empleados: Delineante Proyectista, Jefe de 2ª Administrativo, Jefe Organización de 2ª, Técnico de Soporte Informático, Auxiliar Administrativo, Mozo Almacén, Almacenero, etc.
  • Operarios: OFICIAL 1A, OFICIAL 1B, OFICIAL 2A, PEÓN, etc.
La tercera categoría recogida en convenio, los técnicos, englobaría al resto del personal laboral, los conocidos como de “fuera de tablas“. Su sueldo no está sujeto a tablas y es el que negocie cada uno a la hora de firmar el contrato, lo que se conoce como “ad personam”.

¿Hay un acuerdo económico anual?

Desgraciadamente no. Con la anterior Dirección, cuando la empresa era “Dimetronic”, las actualizaciones se venían negociando casi anualmente. Sin embargo, con la adquisición de la compañía por parte de Siemenes, pasando a ser Siemens RA, los acuerdos han pasado a dilatarse hasta por 3 años.

¿Van a cambiar mis condiciones laborales?

Aunque la Dirección ya ha manifestado abiertamente que existen derechos que quieren eliminar, nosotros nunca cederemos ante un recorte de derechos. Nuestros acuerdos de Convenio siempre han supuesto una mejora de las condiciones laborales y la defensa de los derechos que tanto ha costado conseguir. Además, nuestro compromiso es que cualquier acuerdo de Convenio deberá pasar antes por una asamblea de trabajadores.

Si no pertenezco a uno de los centros con comité de empresa, ¿me representan los miembros de la comisión?

Es importante que sepas que actualmente, en Siemens RA, solo existe un Comité de Empresa en Madrid que representa a los trabajadores de Tres Cantos y de San Fernando, y un Comité de Empresa en Valencia que representa a los trabajadores del centro de Valencia. Esto es porque, según están articulados los comités, los miembros de cada comité sólo pueden representar a los trabajadores que les han elegido. Esto supone que la asesoría, la defensa de los derechos e intereses o la representación ante la Dirección de los trabajadores del resto de centros de España no puede realizarse por los miembros de los comités de Valencia y de Madrid. Para la situación particular en la que nos encontramos, y mientras no se articule otro organismo, los miembros de la Comisión de Negociación del I Convenio Estatal de Siemens RA sólo están legitimados para la negociación del convenio. Esto, aunque no incluye todo lo concerniente a los derechos laborales de los trabajadores sí que nos permite trabajar por sus futuros derechos.

¿Habrá una actualización de los salarios a final de año?

Aunque hemos conseguido llegar a un acuerdo con la Dirección para intentar llegar a un acuerdo económico parcial en el caso de no llegar a un acuerdo completo a final de año (algo muy probable dada la dificultad de este primer convenio estatal y a la actitud de máximos de la Dirección), esto es sólo un compromiso de buena fe. Se trata de un acuerdo no vinculante y que dependerá únicamente de la responsabilidad de cada una de las partes. Nosotros, que fuimos quienes propusimos esta idea, siempre intentaremos llegar a un acuerdo económico mientras que se trate de unas subidas salariales decentes y acordes a la marcha de la empresa.

¿Quién forma parte de la comisión de negociación?

La comisión de negociación del I Convenio Colectivo de Ámbito Estatal de Siemens Rail Automation, S.A.U. está compuesta por miembros de la Representación de la Dirección y 13 miembros de la Representación Social, repartidos entre los sindicatos según su representatividad:

  • 10 miembros de CCOO.
  • 3 miembros de UGT.
Dados los comités de empresa existentes en Siemens Rail (unicamente en Madrid y Valencia) y en base al número de trabajadores que representan, por la parte social, hay una mayoría de miembros del centro de Tres Cantos (10), dos personas del centro de Valencia (2) y una persona del centro de San Fernando de Henares (1).

Durante la negociación del I Convenio Estatal ¿Qué pasa con el XXIV Convenio Colectivo, sigue aplicando?

El Convenio, tanto por su articulo 3 como por la ley vigente, tiene ultra-actividad. Esto quiere decir que sus artículos seguirán aplicando hasta que se acuerde un nuevo Convenio.

EXCEDENCIAS

¿Estando en excedencia voluntaria puedo trabajar en otra empresa?

Una persona en excedencia puede trabajar sin problemas en otras empresas, incluidas las del mismo sector, siempre que no exista una cláusula de condición resolutoria en el contrato que lo prohíba y que no se incurra en competencia desleal. Es una práctica común que intenten que firmes una cláusula de ese estilo al solicitar la excedencia pero ten claro que no es obligatorio. Habla con nosotros.

IGUALDAD

¿Qué es el Plan de Igualdad?

El Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas con las que se trata de alcanzar en las empresas/administraciones la igualdad de trato y de oportunidad entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo.

JORNADA LABORAL

¿Puedo solicitar una adaptación de mi jornada?

El ET (art. 34.8), establece el derecho a solicitar una adaptación de la duración y distribución de su jornada o la adhesión al trabajo a distancia para la conciliación de la vida familiar y laboral. La empresa tiene treinta días para comunicar su decisión, siempre proporcionando las razones objetivas en las que se sustenta, y será la jurisdicción social la que resuelva cualquier discrepancia que surja.

¿Tengo que fichar si estoy de permiso retribuido?

La respuesta depende del sistema de fichaje. Te aconsejamos que, para que no haya dudas en tus registros, si el permiso abarca menos de una jornada completa, simplemente ficha como si estuvieras trabajando normalmente y avisa de que te tomas el permiso retribuido. Si el permiso conlleva días completos, avisa previamente (p.ej. en el sistema interno Glohria) y no fiches.

¿Puedo elegir entre cobrar y disfrutar las horas extras?

Sí, el trabajador puede escoger entre cambiarlas por horas de descanso o cobrarlas según el valor que establezca el Convenio Colectivo.

¿Pueden obligarme a realizar horas extras?

No, las horas extraordinarias son de realización voluntaria para el trabajador según establece el Artículo 35 del ET.

¿Existe un máximo de jornada diario?

El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a nueve diarias. Además, recuerda que entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas.

MATERNIDAD Y PATERNIDAD

¿Me pueden despedir durante el embarazo?

Cuando detrás del despido existe un motivo de discriminación o violación de los derechos fundamentales, el despido será calificado como nulo y el empresario tendrá que readmitir a la trabajadora si esta así lo desea.

¿Estoy obligada a informar a la empresa de mi embarazo?

No existe obligación legal de comunicar el embarazo en el trabajo. Es decisión de la trabajadora el momento de la comunicación y siempre es aconsejable que se haga por escrito para que quede constancia.

PERMISOS RETRIBUIDOS

¿Los permisos retribuidos son de días naturales o laborables?

Aunque nuestro Convenio, en algunos de los permisos, habla de días naturales, varias sentencias han modificado este aspecto de los permisos retribuidos de familiares, pasándolos a días laborables. Consulta la sección de permisos retribuidos.

¿De cuanto tiempo dispongo para ir al médico?

En Siemens RA, gracias a la labor sindical, se dispone de la flexibilidad necesaria y por el tiempo necesario (para el propio empleado, hijos y familiares dependientes).

¿Tengo que fichar si estoy de permiso retribuido?

La respuesta depende del sistema de fichaje. Te aconsejamos que, para que no haya dudas en tus registros, si el permiso abarca menos de una jornada completa, simplemente ficha como si estuvieras trabajando normalmente y avisa de que te tomas el permiso retribuido. Si el permiso conlleva días completos, avisa previamente (p.ej. en el sistema interno Glohria) y no fiches.

¿Tengo que entregar un justificante por cada día de hospitalización de un familiar?

No, el artículo 37 del ET solo establece que hay que presentar justificación de la hospitalización. Lo normal es que presentes un justificante que demuestre que la persona estuvo ingresada.

PROTECCIÓN DE DATOS

¿Puede la empresa monitorizar mi trabajo?

No. Para hacerlo debería de comunicar a los trabajadores los métodos concretos que va a utilizar y la información específica que va a recabar.

SALARIO

¿El salario base tiene un límite?

No. Esta milonga se la suelen decir a las nuevas incorporaciones para inflarles otros complementos a costa del salario base como el CPT. Esto implica incrementos salariales inferiores o desvincular parte del salario del Convenio Colectivo.

SEGURIDAD Y SALUD

¿Es accidente de trabajo aquellos que ocurren en el camino de casa al trabajo y viceversa?

, estos son llamados “accidentes in itinere”. Por ejemplo, un accidente de coche mientras vas al trabajo o vuelves de él.

TRABAJO A DISTANCIA

¿Puedo solicitar una adaptación de mi jornada?

El ET (art. 34.8), establece el derecho a solicitar una adaptación de la duración y distribución de su jornada o la adhesión al trabajo a distancia para la conciliación de la vida familiar y laboral. La empresa tiene treinta días para comunicar su decisión, siempre proporcionando las razones objetivas en las que se sustenta, y será la jurisdicción social la que resuelva cualquier discrepancia que surja.

VIAJES Y DESPLAZAMIENTOS

¿Estoy obligado a portar material de trabajo en mis viajes?

Depende de qué material. Por ejemplo, un ordenador portátil no suele traer problemas, pero con otro tipo de material (tarjetas, equipos, etc.) podrías tener problemas a la entrada del país.

¿Tengo que vacunarme para viajar?

Cada país tiene sus regulaciones, en algunos es obligatorio ir vacunado de ciertas enfermedades (deberás portar la cartilla de vacunación).En otros solamente es recomendable, tú decides. En cualquier caso, lo mejor es acudir al centro de vacunación internacional y que ellos te aconsejen. Si te vacunas, puedes hacerlo en horario laboral, abona los costes y justifica los gastos al proyecto.

¿El tiempo de viaje es tiempo de trabajo?

Sí, ante una denuncia que interpusimos, la Audiencia Nacional nos dió la razón: el tiempo de desplazamiento en viajes es tiempo efectivo de trabajo. Por ello, debes de fichar desde que sales de casa hasta que llegas al lugar de descanso en destino (p.ej al hotel).

ESTUDIOS Y FORMACIÓN

¿Se pueden solicitar y disfrutar dos Permisos Individuales de Formación en dos años consecutivos?

Sí, cada trabajador o trabajadora puede solicitar un máximo de un permiso de hasta 200 horas por año natural o por curso académico. Por tanto, sí pueden solicitarse dos permisos en años consecutivos siempre que no sean para una acción formativa ya aprobada. Ejemplo: puedes solicitar un PIF para cursar 4 asignaturas de 1º de Derecho en 2019 y otro para el resto de asignaturas de 1º y dos de 2º para 2020.

¿Puede solicitarse un PIF de menos de 200 horas?

Sí, 200 horas es el máximo. Por debajo de estas horas se puede pedir lo que sea necesario. Ejemplo: 40 horas distribuidas en 30 minutos diarios para poder asistir a clases, prácticas o tutorías presenciales obligatorias durante un determinado periodo de tiempo.

¿Puedo solicitar un PIF para preparar los exámenes?

No, el horario de disfrute del PIF (y, por tanto, el horario de trabajo) tiene que coincidir con horas de clase o con el tiempo de transporte hacia esas clases. Sin embargo, el ET establece que «el trabajador tendrá derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.»

La acción formativa para la que se solicita el PIF, ¿debe estar relacionada con el trabajo de la empresa?

No, la normativa establece que los PIF se solicitan para el desarrollo profesional o personal de los trabajadores y trabajadoras, por lo que no necesariamente han de estar relacionados con la actividad de la empresa ni con el puesto de trabajo.

¿Puede solicitar un PIF una persona asalariada que trabaja en la Administración Pública pero no es funcionario o funcionaria?

No, porque todos los trabajadores y trabajadoras de las Administraciones Públicas, incluido el personal laboral, están acogidos al Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP).

¿Puede solicitar un PIF un trabajador o una trabajadora con un contrato temporal?

Sí, puede durante el tiempo que dure su contrato.

¿Puede solicitar un PIF un trabajador o una trabajadora con jornada a tiempo parcial?

Sí, puede y en las mismas condiciones que si trabajara a jornada completa.

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