El Comité de Empresa es el órgano de representación de los trabajadores ante la Dirección de la empresa. Éste se compone de miembros elegidos por los trabajadores cada cuatro años. Nuestro Comité de Empresa tiene que tener 21 miembros. El número de miembros se determina mediante el número de trabajadores que hay en la empresa. Se suelen utilizar indistintamente las denominaciones Comité de Empresa y Representación Legal de los Trabajadores (RLT).
La Plantilla
Son las trabajadoras y los trabajadores los que escogen a sus representantes, a las personas que conformarán el Comité de Empresa.
Existen dos colegios en nuestra empresa porque la ley así lo establece: el colegio de Técnicos y Administrativos, y el Colegio de Especialistas y no Cualificados, cada uno con su mesa electoral a la hora de votar en las elecciones al Comité de Empresa.
Cada trabajador pertenece a un colegio u otro en función de su grupo de cotización a la Seguridad Social:
- Colegio de Técnicos y Administrativos: Grupos de cotización a la seguridad social del 1 al 7. En este grupo recae la mayoría de trabajadores de Tres Cantos (Ingenieros, Técnicos no titulados, Administrativos, etc) aunque también hay compañeros/as en San Fernando de Henares y personas desplazadas.
- Colegio de Especialistas y No Cualificados: Grupos de cotización a la seguridad social del 8 al 11. En este grupo recae la mayoría de trabajadores de San Fernando de Henares (Oficiales de 1ª, 2ª y 3ª, Peones, etc) aunque también hay compañeros/as en Tres Cantos y personas desplazadas.
Funciones del Comité de Empresa
¿Cuáles son las funciones de un Comité de Empresa?
Las funciones de un Comité de Empresa son muchas, pero una de las principales es la Negociación Colectiva. El Comité de Empresa es el encargado de negociar el Convenio Colectivo y cualquier otra cuestión que afecte a la totalidad o parte de la plantilla. Además, tiene atribuciones en cuestiones de Seguridad y Salud, estando también facultado para cualquier negociación que prevea la ley. Es también el encargado de velar por que se cumpla el Convenio Colectivo, así como cualquier otra legislación aplicable.
Secciones Sindicales
¿Qué son las Secciones Sindicales?
Son la representación de los Sindicatos dentro de cada empresa. Normalmente, las Secciones Sindicales de cada empresa se presentan a las elecciones para el Comité de Empresa mediante una lista que tiene que ser de, al menos, el número de miembros que tienen que ser elegidos.
Las Secciones Sindicales tienen un muy alto grado de autonomía dentro de cada empresa, ya que son éstas las únicas que conocen la problemática específica de cada una de ellas. Los Sindicatos suelen, entre otras cosas, prestar a las Secciones Sindicales de cada empresa, tanto asistencia jurídica como de asesoramiento en diversas áreas.
¿Qué diferencia hay entre votar a unos u otros?
Los resultados de las elecciones al Comité de Empresa determinan el balance de poder que existirá en el seno del Comité de Empresa. Esto es muy importante ya que determinará la dirección, las estrategias, el trabajo y la negociación con la empresa. Seguro que conoces gente cuyo Comité de Empresa tiene sindicatos amarillos afines a la empresa o sindicatos que no trabajan mucho y seguro que esa gente te cuenta que las subidas son siempre de mínimos, que el Comité no pelea por sus derechos o que no se les escucha. Esas son las consecuencias de escoger gente no implicada para el Comité de Empresa.
Nosotros hemos liderado desde el Comité de Empresa, la negociación de 23 de los 24 Convenios Colectivos y estamos muy orgullosos de tener uno de los mejores Convenios del sector. Además, hemos conseguido poco a poco reivindicaciones históricas como el trabajo a distancia, la flexibilidad o que no se pierda ninguna de las horas trabajadas
Puedes conocer más sobre nosotros y nuestro trabajo, en esta sección.
El Convenio Colectivo
¿Qué es el Convenio Colectivo?
El Convenio Colectivo es un acuerdo entre la Dirección de la Empresa y la Representación Legal de los Trabajadores (el Comité de Empresa) que tiene rango de ley. Lo más llamativo del mismo son las subidas salariales, pero incluye un extenso articulado que otorga tanto derechos como obligaciones a los trabajadores de la empresa.
Los derechos recogidos en el Convenio Colectivo no son inamovibles, ya que, si una mayoría del Comité de Empresa decidiese eliminar derechos en la negociación del mismo, éstos dejarían de tener efecto. Por eso es muy importante escoger bien a tus representantes ya que son los encargados de defender tus derechos y exigir nuevos.
Puedes encontrar nuestro Convenio Colectivo así como otra información relacionada de interés, en la sección del Convenio Colectivo.