El despido de una trabajadora embarazada es nulo desde el inicio del embarazo hasta el comienzo del permiso por nacimiento, aunque la empresa no lo supiera, salvo que se declare procedente por causas ajenas al embarazo. [Art. 55.5 b) ET; doctrina TS]
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Preguntas frecuentes sobre maternidad y paternidad.
¿Estoy obligada a informar a la empresa de mi embarazo?
No existe obligación legal de comunicar el embarazo en el trabajo. Es decisión de la trabajadora el momento de la comunicación y siempre es aconsejable que se haga por escrito para que quede constancia.
