No. Sólo tú decides, en el caso de que te lo soliciten, si quieres trabajar el día que te has cogido vacaciones. Además ese día debes de cobrar el plus recogido en el Art. 13 c) y f) del Conveno (cambio de jornada a sábado, domingo o festivo). Es importante que no canceles el día de vacaciones. Si te lo piden, habla con nosotros.