Calendario laboral: conflicto

Como todos sabéis, estamos en fechas de fijar el calendario laboral de 2019 a través de la negociación entre los Representantes de los Trabajadores y la Dirección de la Empresa, como marca nuestro Convenio. Llevamos varios meses negociándolo con la Dirección y, tras haber intentado solucionarlo con distintas propuestas, a día de hoy no hemos conseguido llegar a un acuerdo por los siguientes motivos:

Fiestas locales

La Dirección quiere establecer como fiestas locales las de Madrid capital, y no las de la localidad donde se encuentra nuestro centro de trabajo, como marca la ley. Os recordamos que para el calendario de 2016, ya surgió este problema, el Comité de Empresa denunció la situación y, a las puertas del juzgado, se llegó a un acuerdo por el que durante 3 años se establecían las fiestas locales de Madrid, a cambio de 1 día adicional de libre disposición cada año. Finalizado el acuerdo, la empresa quiere imponer las fiestas de Madrid capital, sin ningún tipo de contrapartida. Consideramos que el acuerdo funcionó y por ello nuestro punto de vista es que si la Dirección quiere seguir estableciendo las fiestas que mejor le vengan, tienen que dar algo a cambio.

Horas de ajuste de calendario

Nuestro convenio establece 1.717 horas de trabajo anuales, por lo que cuando se elabora el calendario se calculan las horas de los días laborables de ese año y se hace la diferencia respecto a las horas que marca nuestro convenio. Esa diferencia son horas que el trabajador tiene que disfrutar y a las que llamamos horas de ajuste de calendario.

Dicho esto, en nuestra opinión y según marca la ley, las horas de ajuste de calendario se deben disfrutar como horas, todas y cada una de ellas. Los últimos años, para atender a la petición de la empresa respecto al excesivo trabajo que daba la gestión de esas horas, se concedió transformar esas horas en días completos. Esto acarrea dos inconvenientes que creemos deben de ser recompensados: uno que el resultado suele ser con decimales (pej. 1,7 días) y dos, que no es lo mismo un día de lunes a jueves (8h 05min) que un viernes (6h 45min), porque las horas laborables son distintas, con lo que alguien que disfrute los días de ajuste de calendario en viernes estaría “perdiendo horas”. Esto nos lleva a interpretar, desde el Comité de Empresa, que ya que cedemos doblemente (transformar las horas a días y además que sean días de 8 horas), también la empresa debería de ceder en algo y redondear esos decimales al alza.

Una vez dicho esto, queremos transmitiros un mensaje de calma, tenemos tiempo de sobra ya que las diferencias entre las dos propuestas no se dan hasta Marzo. Entendemos que la Dirección, como ya pasó en 2016, impondrá su propuesta de calendario, que será el que rija hasta que se resuelva el conflicto, por lo que podréis seguir cogiéndoos los días con normalidad.

Os adjuntamos nuestra propuesta de calendario laboral y próximamente os informaremos sobre los pasos que podemos dar ante esta situación de bloqueo.

Por comite-sra

El Comité de Empresa (C. E.) es el órgano de representación colectiva de los trabajadores de Siemens Rail Automation, S.A.U.

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