TELETRABAJO TRAS NACIMIENTO/ADOPCIÓN
Buenos días,
Queremos informaros de un acuerdo al que hemos llegado con la Dirección para arreglar un artículo del Convenio que, debido a cambios legislativos que se introdujeron por parte del gobierno, había quedado desactualizado y su aplicación estricta provocaba discriminaciones en la plantilla.
El acuerdo al que se ha llegado es el siguiente:
Conceder hasta 4 semanas de trabajo a distancia (teletrabajo) al 100% a las personas trabajadoras (tanto hombres como mujeres) que tras la finalización del permiso por nacimiento de hijo/a no lo hubieran podido disfrutar con anterioridad.
Este acuerdo implica que las personas que no pudieron disfrutar de las 4 semanas de teletrabajo, podrán hacerlo a partir de ahora ya que tendrá fecha de efecto desde el 1 de enero del 2021 e implica que el artículo 21 bis del XXV Convenio Colectivo de Siemens RA quedará como sigue:
“Para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, la persona trabajadora podrá hacer uso de hasta 4 semanas de trabajo a distancia en su modalidad de teletrabajo, que se disfrutarán a la finalización del permiso por adopción o nacimiento de hijo/a en las que podrá prestar sus servicios desde su domicilio, siempre y cuando la función y tareas que desempeña sean compatibles con el trabajo en remoto y las necesidades organizativas del departamento. Durante esta situación, la persona trabajadora tendrá derecho a una adecuada protección en materia de seguridad y salud, resultando de aplicación en todo caso lo establecido en la Ley 31/95 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y su normativa de desarrollo.“
Agradecemos la disposición de la Dirección a la hora de arreglar este problema y deseamos que esta actitud se mantenga en los retos y negociaciones que tenemos por delante.
Saludos,
Comité de Empresa de Siemens RA