CAMBIOS ESCONDIDOS EN EL REGISTRO HORARIO

CAMBIOS ESCONDIDOS EN EL REGISTRO HORARIO

El lunes 18 de enero, la Dirección de Siemens RA envió un comunicado anunciando una nueva herramienta de registro horario con la excusa de apostar por la flexibilidad, autonomía y responsabilidad individual. Sin embargo, los cambios anunciados esconden una serie de modificaciones al Convenio Colectivo y al statu quo que la empresa ha querido ocultar y adornar para que pase desapercibido por los trabajadores. Dichos cambios van más allá de lo que les obliga la ley (fichar la entrada y la salida) e intentan aprovechar la situación para imponer una serie de cambios a los que nos llevamos negando desde el año 2019.

A continuación, pasamos a explicar lo que la Dirección de Siemens RA está imponiendo unilateralmente sin el acuerdo con el Comité de Empresa:

Conflicto Registro Horario – Siemens Rail Automation –

Media hora de REGALO al día

La Dirección ha impuesto que regales 30 minutos por cada jornada en la que extiendas tu horario. Así, por ejemplo, si entras a las 7:30 y sales a las 17:45, en principio, y como venía siendo hasta ahora, el exceso de jornada es de 1 hora y 15 minutos, que podrás compensar con un defecto de jornada otro día de ese mismo mes. PUES NO… según las normas impuestas por la Dirección el exceso de jornada realizado será de 45 minutos. ¿Por qué? Porque la Dirección NO QUIERE PAGAR HORAS EXTRA y, además, en este caso, QUIERE QUE TRABAJES GRATIS.

En caso de existir excesos de jornada, los pequeños asuntos o paradas personales que se suelen atender diariamente serán compensados (durante los primeros 30 minutos).

Viajes

En esta empresa, el tiempo de duración de los viajes de trabajo (nacional o internacional) siempre se ha considerado tiempo de trabajo efectivo, y así se ha tratado. Cada vez que un trabajador realiza un viaje, este apunta las horas y las tiene en cuenta para calcular el resto de su jornada mensual. La Dirección quiere que todas esas horas no cuenten como trabajo, contabilizando solo 8h por jornada (o 6,75h en viernes) de trabajo efectivo, aun cuando la duración del viaje por trabajo supere esas horas, es decir, que ni se cobren ni se puedan utilizar para compensar las horas mensuales, haciendo uso de nuestra flexibilidad horaria. De nuevo, esto lo hace porque NO QUIERE PAGAR HORAS EXTRA y además, QUIERE QUE TRABAJES GRATIS.

Horas Extraordinarias

El establecimiento del registro horario que aprobó el gobierno tiene como finalidad el pago de las horas extra realizadas y no pagadas que se venían produciendo. Como nuestro Convenio Colectivo permite tanto excesos como defectos de jornada dentro del mismo mes, una vez finalizado éste, es responsabilidad del trabajador no haber realizado menos horas de las del cómputo mensual, pero también tiene derecho a ser compensado por el exceso. Desde el punto de vista del Comité de Empresa, toda hora trabajada por encima de las horas correspondientes a cada mes, son horas extraordinarias.

La Dirección pervierte el objetivo para el que nació la herramienta de registro horario, diciendo que cuando alguien se queda a terminar un trabajo, hace una maratón de entrega de proyecto o se queda más horas con el cliente es porque él quiere, y no son horas extra porque el jefe no le ha pedido explícitamente que las haga. Para ello se inventa la distribución irregular de la jornada a posteriori, al margen del Convenio Colectivo y del Estatuto de los Trabajadores.

Flexibilidad horaria

Nuestro Convenio Colectivo, en su Artículo 19 Jornada y horario, establece que tenemos derecho a una flexibilidad horaria de la que se desprende que un trabajador puede, al igual que ha venido haciendo hasta ahora, distribuir su jornada como quiera en función de sus necesidades, pudiendo realizar excesos de jornada, o defectos de la misma, siempre y cuando, al finalizar el mes, éste haya trabajado las horas correspondientes de dicho mes. Sin embargo, la Dirección, para que todo cuadre en su estrategia de flexibilidad sin horas extras, introduce confusión en la flexibilidad del trabajador para gestionar su jornada, ya que indica que hay que solicitar permiso cuando no es necesario, conforme establece nuestro Convenio Colectivo.

Además…

  • Introducen conceptos como son el Tiempo de Disponibilidad, mediante el cual, estás a disposición de la Empresa, pero no lo cobras. Con esto están regulando, entre otras cosas, las guardias por la puerta de atrás, haciendo que, de entrada, no cuenten como tiempo de trabajo.
  • Para fichar, no sólo has de acceder al centro de trabajo, sino que has de llegar a tu sitio (esté donde esté), montar tu sistema, tener suerte de que todo haya ido bien y, finalmente, fichar. Eso son muchos minutos al mes que la Empresa no va a considerar como tiempo de trabajo efectivo.
  • No se recoge la posibilidad de realizar fichajes antes de las 7:00 a.m., salvo viajes, de modo que si se trabaja de noche no se puede registrar. Si se trabaja la jornada en 2 días distintos (por ejemplo entrada a las 22:00 y salida a las 6:00) tampoco parece que sea posible realizar el fichaje.
  • Se contempla la imposición de medidas disciplinarias.
  • Para evitar tener que negociar con los representantes de los trabajadores la desconexión digital, lo meten aquí directamente conforme les gustaría a ellos, es decir, establecen unos mínimos que no sirven de nada ni consiguen proteger la desconexión digital para no pactar ninguna medida seria con nosotros.

Toda esta tomadura de pelo, la Dirección la ve de la siguiente manera:

La organización del trabajo, está muy orientada hacia la flexibilidad, la autonomía y responsabilidad de las partes, es por ello que confiamos en que este registro sea lo más eficiente y sencillo posible, permitiendo además de fomentar la productividad, apoyar la conciliación personal y laboral. Es por ello, que en origen deseamos promulgar como principio, la confianza de las relaciones laborales y el respeto a la normativa socio-laboral, sin menoscabo de los derechos y obligaciones de las partes.

Y como colofón, indican que:

Este documento será revisado y adaptado en función de nuevas casuísticas y/o modificaciones normativas.

Como conclusión, la Dirección ha ampliado tu jornada laboral y, si se han olvidado de algo, pues ya lo meterán. Todo muy chusco pero a la vez muy serio.

CONCLUSIÓN: ESTO NO VA A QUEDAR ASÍ

Todo esto y un cúmulo de despropósitos que salpican el documento que nos ha pasado la Dirección, hacen que esto sea INADMISIBLE por el Comité de Empresa de Siemens Rail Automation.

Os informamos que el Comité de Empresa TOMARÁ TODAS LAS MEDIDAS que creamos oportunas para salvaguardar los DERECHOS DE LOS TRABAJADORES. Esto no va a quedar así. Está claro que la Dirección quiere medir la capacidad de respuesta de los trabajadores y, en caso de que no sea contundente, luego vendrá otra cosa y luego otra…

Por comite-sra

El Comité de Empresa (C. E.) es el órgano de representación colectiva de los trabajadores de Siemens Rail Automation, S.A.U.

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