Sistema Retributivo PMP

La Dirección de Siemens Rail Automation informó el pasado 11 de noviembre al Comité de Empresa (ante una petición nuestra) que alrededor de 88 trabajadores habían renunciado a la subida salarial establecida en el Convenio Colectivo, a cambio de adscribirse a un sistema retributivo al cual denominaron PMP, habiéndose aplicado unilateralmente por parte de la Dirección, y desde hace al menos 3 años.

Desde el Comité de Empresa vemos este hecho como muy grave, ya que abre la puerta a una total desregulación de las relaciones laborales que no puede acabar sino con pérdida de poder adquisitivo para los trabajadores.

El Convenio Colectivo es hoy en día el garante de unos salarios dignos y cualquier otra forma de pago no consensuada con los representantes de los trabajadores, desde nuestro punto de vista, no tiene otra finalidad que la de reducir los costes salariales, aunque sea a medio o largo plazo.

Si el sistema PMP se impusiese en esta empresa, los trabajadores no adscritos a dicho sistema tendrían menos posibilidades de alcanzar un acuerdo salarial satisfactorio en el Convenio Colectivo, y esto a su vez redundaría en menores subidas a los adscritos al PMP, ya que el “premio” siempre lo es en relación a lo que los demás perciben, entrando así todos en una espiral en donde sólo unos elegidos conseguirían mantener salarios dignos.

Ejemplo: Subida en Convenio de un 2%. Entonces está claro que a nadie le podrían “vender” que una subida individual del 1,5% (en vez de lo que estipula el Convenio) es un premio por lo bien que trabaja. Pero si el Convenio estableciese una subida salarial del 1%, entonces ese 1,5% se convertiría en algo bueno.

Os lo diremos con otras palabras. No es que haya una bolsa de dinero para todos y quieran repartir ésta a su gusto, sino que el objetivo es repartirla a su gusto a la vez que minimizan el valor de esta bolsa.

Desde el Comité de Empresa no podemos dejar que esto ocurra y a la misma vez pretender ser los defensores de los derechos de los trabajadores.

Por ello y como entendemos que al menos el artículo 11 se aplica de manera incorrecta a los trabajadores adscritos al sistema de retribución denominado PMP, tal y como quedó reflejado en la divergencia de interpretación de dicho artículo en la reunión de la Comisión Mixta de Vigilancia e Interpretación del Convenio mantenida el pasado 5 de diciembre (y de la cual adjuntamos acta), tomaremos las medidas oportunas contra este sistema de retribución.

Tres Cantos, 22 de febrero de 2017

Por comite-sra

El Comité de Empresa (C. E.) es el órgano de representación colectiva de los trabajadores de Siemens Rail Automation, S.A.U.

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